Los requisitos principales para trabajar en cruceros

 Esta es una pequeña guia acerca de los requisitos mas indispensables para las persona que desean trabajar en cruceros y no tengan problemas de no tener todas las cosas necesarias paa poder viajar.

Todos los empleados deben ser elegibles para trabajar en el país donde está registrado el barco de crucero. Los cruceros navegan a muchos países y todo el personal que quieren visitar esos países deben obtener visas válidas.

En primer lugar, para poder viajar al extranjero, necesitará un pasaporte válido. Además del pasaporte, se recomienda contar con otros documentos de identificación con usted todo el tiempo, como una licencia de conducir. Una vez en el barco, el contador va a presentar su pasaporte y otros documentos y guardarlos en un lugar seguro, ya que no los va a necesitar durante el crucero.

La mayoría del personal en los cruceros no vienen del mismo país de donde el buque está registrado. Por lo tanto, muchos de ellos necesitan un visado válido y / o permiso de trabajo para trabajar en un crucero legalmente.

Si sus embarca buque de un puerto en los EE.UU. o tiene una escala en uno de los puertos de Estados Unidos, tendrá la visa correspondiente. Usted no necesita solicitar una tarjeta verde. Todo lo que necesita es su carta de empleo (de su empleador) y solicitar C1 Transit, marineros D1 y visa B2 visitantes de la embajada de EE.UU. en su país. Estas visas le permiten entrar a los EE.UU. por un tiempo limitado (generalmente 30 días) sólo cuando el buque haga escala en un puerto de los EE.UU.

Si usted decide quedarse en los EE.UU., usted tendrá que volver a su país de origen para solicitar el permiso de trabajo - no se puede permanecer en los EE.UU. con visa C1/D1/B2. Póngase en contacto con la embajada de EE.UU. en su país para obtener más información. Ver más información acerca de inmigración y permisos de trabajo en los EE.UU. , y la lotería de tarjeta verde.

Si el crucero está registrado en el Reino Unido, tendrá que solicitar el permiso de trabajo correspondiente a la embajada británica en su país, a menos que usted viene de un país del Espacio Económico Europeo (EEE): Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre , República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Reino Unido.

Los nacionales de los 10 nuevos estados miembros de la Unión Europea tienen que registrarse en el Ministerio del Interior (Esquema de Registro de Trabajadores) si no han trabajado en el Reino Unido legalmente durante un período de por lo menos 12 meses antes. Esto se aplica a los ciudadanos de Bulgaria, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, Rumania, Eslovaquia y Eslovenia.

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